viernes, 24 de mayo de 2019

5 CONSEJOS PARA REALIZAR UNA DECLARACIÓN TRIBUTARIA EXITOSA.


     Publicado el 24 de mayo del 2019  por C.P.C. Arthur Ronald Escobar Loli

Muchas de las empresas, cumplen en declarar impuestos ya sea mensual o anualmente con solo sumar lo registrado en ventas y compras, para lo cual y a falta de un adecuado asesoramiento, incurren en diversas contingencias tributarias que les genera multas e incluso cobranzas de tipo coactivo que la Administración Tributaria, en su facultad recaudadora de acuerdo a lo establecido en el Código Tributario, lo efectúa sin temor alguno; también esta situación afecta a otras áreas de las empresas como contabilidad, laboral; logística, administrativa, etc. Conllevando a que la empresa tome deficientes decisiones que le generen perdidas. Es por ello que a continuación describiremos ciertos consejos para tener un adecuado uso en las declaraciones tributarias:

1.- Asesorar adecuadamente al cliente: ya sea una sociedad constituida (persona jurídica) o un empresario o trabajador (persona natural) domiciliado o no, es importante recalcarle en primer lugar que debe cumplir con la obligación formal de declarar impuestos, no solo porque esta normado, sino por evitar multas principalmente. En segundo lugar se le debe de asesorar que los impuestos a declarar deben ser legítimos, ósea, deben estar en función a las actividades que le competen al contribuyente en sí, y no escape de ello, por ejemplo una empresa dedicada a la actividad de venta de computadoras no va a registrar compras de colchones, al menos no semanal,  mensual o incluso trimestralmente, no hay lógica en ello, ósea no cumple con el principio de causalidad que tiene en cuenta la Autoridad Administrativa Tributaria (SUNAT) al momento de hacer una fiscalización; y, en tercer lugar, existe ciertos beneficios tributarios con la finalidad de realizar declaraciones oportunas y veraces, por ejemplo si no tenemos la capacidad de pago en ese momento, podemos solicitar un fraccionamiento, o si tuviéramos perdidas podríamos solicitar la devolución o compensación de tales impuestos a nuestro favor así como el drawback para el caso de los exportadores, entre otros.

2.- Que estén incorporados en el Planeamiento Tributario: no solo basta con realizar un plan de marketing o un proyecto de finanzas o estudios de investigación que elabora el contribuyente para analizar si le es factible o no, también es necesario que la empresa o persona natural cuente con un planeamiento tributario, de ser necesario, ya que esto ayudara a que las empresas revelen cuánto gastan en pagos de impuestos con un margen de error mínimo y será importante para las decisiones gerenciales.

3.- Contar con un personal calificado en el área: el área de contabilidad y/o impuestos, al igual que otras áreas debe contar con personal debidamente seleccionado, ya que la información contable y tributaria que se maneja es sensible al momento de consolidarla para declararla, puede generan que la empresa o la persona natural este evadiendo impuestos, lo cual genera un pago adicional por concepto de deuda tributaria. Recordemos que una facultad de la SUNAT es recaudar, pero también lo es determinar, para lo cual le basta con tan solo emitirnos una orden de pago al buzón electrónico y si no cumplimos con ello, nos pueden embargar los bienes que cuenta la empresa y los responsables o socios.

4.- Tener al día los registros contables y documentos auxiliares: no basta con contar con el registro de compras y ventas, en los contribuyentes del RMT y RG, también es obligatorio tener como mínimo el libro de diario simplificado hasta obtener ingresos anuales a 300 UIT, de 300 UIT hasta 500 UIT libro diario general y libro mayor, de 500 UIT a 1700 UIT se adiciona el libro de inventario y balances y en el caso de empresas en el RG cuyos ingresos anuales superen las 1700 UIT contabilidad completa; entonces mantener los libros y registros al día desde los registros básicos hasta los más complejos, permitirá a la empresa realizar declaraciones tributarias oportunamente, además esto le servirá para la toma de decisiones inmediatas, y evitar posible contingencia bajo el concepto de retraso de llenado de libros y registros contables.

5.- Orden de la documentación fehaciente.- suele suceder que la Administración Tributaria (ya sea SUNAT o los gobiernos locales) no estén satisfecho con las declaraciones tributarias realizadas por parte del contribuyente, lo cual puede conllevar a que, en su facultad fiscalizadora, realice algún tipo de auditoria (fiscalización) con la finalidad de que compruebe lo declarado por el contribuyente o determine una nueva deuda tributaria por algún tributo omitido por lo general (facultad determinativa). Entonces, es importante estar preparados con la documentación relevante, pertinente, causal y sobre todo fehaciente que nos permita defender nuestra determinación del tributo que se declaró y pago en un periodo determinado; si contamos con tales documentos como por ejemplo: comprobantes de pago reales, contratos de transacciones, bancarización, proformas, ordenes de ingreso y salida de almacén, inventarios, guías de remisión y liquidaciones de compras efectuadas de ser necesario, actas de conformidad o recepción de mercaderías, documentación interna de control de bienes y de personal, fotografías, audios, entre otros; nos brindara una mayor fuerza defensiva ante futuras fiscalizaciones.

6.- Estar al día en el conocimiento de la normatividad tributaria.- como tip adicional, el conocimiento y las actualizaciones que son el pan de cada día en la normatividad tributaria fundamentalmente, es relevante ante la realización de una declaración mensual y sobre todo de una anual. Cambios normativos como que en la actualidad la SUNAT por ejemplo está obligando a los contribuyentes obligados a declarar tributos, lo hagan a través del Declara Fácil mediante sus 3 modalidades (PC, el sistema SOL y la aplicación móvil, cada que aunque conllevan a un mismo fin, tienen características que las difiere en función del llenado de la información requerida); lo mismo sucede con las declaraciones de índole anual, sobre todo con el impuesto a la renta, que a lo largo del año es objeto de nuevas normas, que genera el nacimiento de algún concepto (como el devengado en el 2018 o la incorporación a la deducción de la 3UIT lo gastado en restaurantes, hoteles y bares) o puede modificarse (como la declaración mediante formularios que se publican en diciembre que integran nuevos caracteres) o extingue incluso algún concepto tributario (como dejar sin efecto el concepto del devengado contable o doctrinario). Finalmente contar un con personal calificado y especializado que afronte el tema tributario, contable y laboral generará un resultado positivo para la empresa en términos económicos y financieros ya que se preocupara por el cuidado de su patrimonio declarando tributos oportuna y verazmente. 

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